COBRO INNECESARIO DE IMPUESTO DE CONTRIBUCIÓN ESPECIAL DE MEJORAS A LOS BIENES PÚBLICOS, POR PARTE DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE GUAYAQUIL. PROPUESTA, REFORMAR EL ART. 22 DE LA ORDENANZA GADG QUE NORMA LOS PROGRAMAS DE REGENERACIÓN URBANA DE LA CIUDAD DE GUAYAQUIL
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UEES
Abstract
En este trabajo de análisis e investigación científica, es menester traer a colación varios factores determinantes de la causa por la cual se cobran innecesariamente impuestos de contribución especial de mejoras a las Instituciones públicas por parte del gobierno autónomo descentralizado municipal de Guayaquil. Uno de los factores más determinantes del estudio, es la propuesta de reformar el art. 22 de la ordenanza GADG que norma los programas de regeneración urbana de la ciudad de Guayaquilpublicada el 31 de diciembre del 2002 en el R. O. 735; donde se establece que las Instituciones Públicas también lo harán sin excepción alguna. Otro de los factores determinantes junto con la reforma, es establecer lineamentos de regulación hacia las otras instituciones públicas del Estado para que sean exentos de impuestos. Además el estudio llevara a cabo soluciones beneficiosas para la sociedad en general, en el caso particular del estudio, el gobierno autónomo descentralizado de Guayaquil ya no deberá ejercer acciones de cobro que le representan gastos financieros innecesarios puesto que estos provienen de los mismos fondos Estatales, por una parte del gobierno central y otro porcentaje de sus recaudaciones, este dinero que es otorgado por los ciudadanos y recaudado por la Municipalidad para cumplir los mismos fines ante la sociedad, de brindar un servicio y bienestar social; partiendo de ese análisis las instituciones públicas deberán tener la exención de estos cobros ya que el dinero que se cobra proviene del mismo ente, su fin es el mismo ante la sociedad en sus distintas áreas asignadas.
Description
En este trabajo de análisis e investigación científica, es menester traer a colación varios factores determinantes de la causa por la cual se cobran innecesariamente impuestos de contribución especial de mejoras a las Instituciones públicas por parte del gobierno autónomo descentralizado municipal de Guayaquil. Uno de los factores más determinantes del estudio, es la propuesta de reformar el art. 22 de la ordenanza GADG que norma los programas de regeneración urbana de la ciudad de Guayaquilpublicada el 31 de diciembre del 2002 en el R. O. 735; donde se establece que las Instituciones Públicas también lo harán sin excepción alguna. Otro de los factores determinantes junto con la reforma, es establecer lineamentos de regulación hacia las otras instituciones públicas del Estado para que sean exentos de impuestos. Además el estudio llevara a cabo soluciones beneficiosas para la sociedad en general, en el caso particular del estudio, el gobierno autónomo descentralizado de Guayaquil ya no deberá ejercer acciones de cobro que le representan gastos financieros innecesarios puesto que estos provienen de los mismos fondos Estatales, por una parte del gobierno central y otro porcentaje de sus recaudaciones, este dinero que es otorgado por los ciudadanos y recaudado por la Municipalidad para cumplir los mismos fines ante la sociedad, de brindar un servicio y bienestar social; partiendo de ese análisis las instituciones públicas deberán tener la exención de estos cobros ya que el dinero que se cobra proviene del mismo ente, su fin es el mismo ante la sociedad en sus distintas áreas asignadas.